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Este Cmap, tiene información relacionada con: Causas legítimas, los Tribunales serán los que en cada caso concreto deban valorar si la causa o razón invocada por los interesados para no someterse a dicha prueba es suficiente y justificada. La STS de 4 de febrero de 1997, los Tribunales serán los que en cada caso concreto deban valorar si la causa o razón invocada por los interesados para no someterse a dicha prueba es suficiente y justificada. La STS de 26 de marzo de 2001, La STS de 4 de febrero de 1997 indica que Si no existen unas pruebas mínimas sobre la existencia de relaciones entre los litigantes no se puede dar valor alguno a la negativa al sometimiento a dichas pruebas toda vez que la misma es legítima, CAUSAS LEGÍTIMAS PARA LA NEGATIVA A LA PRÁCTICA DE LA PRUEBA BIOLÓGICA. los Tribunales serán los que en cada caso concreto deban valorar si la causa o razón invocada por los interesados para no someterse a dicha prueba es suficiente y justificada., sentencia de 27 de mayo de 1994 descartados los basados en la desconfianza y rigor científico del laboratorio o personal sanitario encargado de realizar la prueba biológica, los Tribunales serán los que en cada caso concreto deban valorar si la causa o razón invocada por los interesados para no someterse a dicha prueba es suficiente y justificada. La sentencia de 27 de mayo de 1994, La STS de 26 de marzo de 2001 declara legítima la negativa de la madre al sometimiento a la prueba biológica al menor por la carencia de indicios serios de la paternidad que se impugnaba por el actor recurrente en casación., sentencia de 27 de mayo de 1994 causas muy cualificadas y debidamente justificadas la inexistencia evidente de indicios serios de la conducta que se atribuye al demandado, los Tribunales serán los que en cada caso concreto deban valorar si la causa o razón invocada por los interesados para no someterse a dicha prueba es suficiente y justificada. SAP de Huelva de 28 de marzo de 2001, sentencia de 27 de mayo de 1994 causas muy cualificadas y debidamente justificadas la absoluta falta de necesidad de la misma cuando existen otros medios probatorios fácilmente utilizables, que pueden producir el mismo fin, sentencia de 27 de mayo de 1994 descartados en los que se amparan en la imposibilidad física o material de acudir a su práctica, SAP de Huelva de 28 de marzo de 2001 declara la negativa injustificada por parte de la demandada de someter a la menor a la prueba biológica, que si bien no equivale a una ficta confessio, constituye un valioso indicio que en relación con el resultado de las pruebas efectivamente practicadas, permite considerar probada la paternidad reclamada, La STS de 4 de febrero de 1997 indica que nadie está obligado a someterse a las pruebas sin que exista base que justifique esta petición por puro capricho de otro, sentencia de 27 de mayo de 1994 causas muy cualificadas y debidamente justificadas el grave riesgo o quebranto para la salud del que ha de soportar, sentencia de 27 de mayo de 1994 descartados motivos como los religiosos o de conciencia