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Este Cmap, tiene información relacionada con: Articulo15, Artículo 15.- Acta de la sesión en la Junta de Escuela tiene que b) En el acta figurará, a solicitud de los respectivos miembros del órgano, el voto contrario al acuerdo adoptado, su abstención y los motivos que la justifiquen o el sentido de su voto favorable. Asimismo, cualquier miembro tiene derecho a solicitar la transcripción íntegra de su intervención o propuesta, siempre que aporte en el acto, o en el plazo que señale el presidente, el texto que se corresponda fielmente con su intervención, haciéndose así constar en el acta o uniéndose copia a la misma., Artículo 15.- Acta de la sesión en la Junta de Escuela tiene que a) De cada sesión que celebre la Junta de Escuela se levantará acta por el secretario, que especificará necesariamente los asistentes, el orden del día de la reunión, las circunstancias del lugar y tiempo en que se ha celebrado, los puntos principales de las deliberaciones, así como el contenido de los acuerdos adoptados., Artículo 15.- Acta de la sesión en la Junta de Escuela tiene que d) Una vez aprobadas, las actas se harán públicas a través de la página web de la Escuela., Artículo 15.- Acta de la sesión en la Junta de Escuela tiene que c) Las actas se aprobarán en la misma o en la siguiente sesión ordinaria, pudiendo no obstante emitir el secretario certificación sobre los acuerdos específicos que se hayan adoptado, sin perjuicio de la ulterior aprobación del acta. En las certificaciones de acuerdos adoptados emitidas con anterioridad a la aprobación del acta se hará constar expresamente tal circunstancia.