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Este Cmap, tiene información relacionada con: Articulo21, Artículo 21.- comisión de asesoramiento docente (CAD) normalmente En el centro existirá una CAD por cada titulación., Artículo 21.- comisión de asesoramiento docente (CAD) ejercerá de secretario el secretario de la Junta de Escuela., Artículo 21.- comisión de asesoramiento docente (CAD) excepcionalmente cuando las titulaciones sean afines, el centro podrá solicitar al Consejo de Gobierno la creación de una sola CAD para dichas titulaciones., Artículo 21.- comisión de asesoramiento docente (CAD) debe informar sobre modificación del plan de estudios que le afecte, Artículo 21.- comisión de asesoramiento docente (CAD) tendrá 15 miembros, Artículo 21.- comisión de asesoramiento docente (CAD) está presidida y convocada el director, o subdirector en quien delegue, Artículo 21.- comisión de asesoramiento docente (CAD) debe informar sobre las propuestas de contratación del profesorado que los departamentos realicen en relación con la actividad docente del centro, 15 miembros de los que 40% por estudiantes, con representación mínima de cada titulación, Artículo 21.- comisión de asesoramiento docente (CAD) debe informar sobre la asignación de profesorado a las distintas asignaturas., cuando las titulaciones sean afines, el centro podrá solicitar al Consejo de Gobierno la creación de una sola CAD para dichas titulaciones. de lo contrario las áreas de conocimiento con docencia en la titulación y que no tengan representación en la CAD serán consultadas en los temas que le afecten, 15 miembros de los que 60% por profesores, con representación de todas las áreas de conocimiento con docencia troncal o con un mínimo de 5% de participación en la titulación, Artículo 21.- comisión de asesoramiento docente (CAD) será de consulta obligada en todo problema de carácter docente que se suscite en el centro o sea de tratamiento obligado por su Junta de Escuela.