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Este Cmap, tiene información relacionada con: Resolucion 1401 2007, Articulo 6. Metodología de la investigación de incidente y accidente de trabajo Articulo 7. Equipo investigador El aportante debe conformar un equipo para la investigación de todos los incidentes y accidentes de trabajo, integrado como mínimo por el jefe inmediato o supervisor del trabajador accidentado o del área donde ocurrió el incidente, un representante del Comité Paritario de Salud Ocupacional o el Vigía Ocupacional y el encargado del desarrollo del programa de salud ocupacional.,, Artículo 14. Remisión de investigaciones El aportante debe remitir a la Administradora de Riesgos Profesionales a la que se encuentre afiliado, dentro de los quince (15) días siguientes a la ocurrencia del evento, el informe de investigación del accidente de trabajo mortal y de los accidentes graves definidos en el artículo 3º de la presente resolución., CAPITULO I Articulo 1. Campode Aplicación Articulo 2. Objeto, Artículo 15. Sanciones ????, Artículo 16. Vigencia y derogatorias Se rige a partir de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias., Artículo 15. Sanciones, Articulo 12. Compromiso de adopción de medidas de intervención. Son las razones por las cuales ocurre el accidente o incidente (las básicas o mediatas y las inmediatas y especificando en cada grupo, el listado de los actos subestándar o inseguros y las condiciones subestándar o inseguras), El aportante debe remitir a la Administradora de Riesgos Profesionales a la que se encuentre afiliado, dentro de los quince (15) días siguientes a la ocurrencia del evento, el informe de investigación del accidente de trabajo mortal y de los accidentes graves definidos en el artículo 3º de la presente resolución. ????, Se divide en CAPITULO I, Articulo 10. Descripción del accidente o incidente El informe deberá contener un relato completo y detallado de los hechos relacionados con el accidente o incidente (información para determinar las causas específicas del accidente), ???? ????, Resolución 1401/07 del Ministerio del Trabajo Por la cual se reglamenta la investigación de incidentes y accidentes de trabajo. El Ministerio de la Protección Social, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las que le confieren el artículo 83 de la Ley 9a de 1979 y el numeral 12 del artículo 2º del Decreto Ley 205 de 2003, Articulo 8. Investigación de accidentes e incidentes ocurridos a trabajadores no vinculados mediante contrato de trabajo. ????, Articulo 11. Causas del accidente o incidente, Articulo 4. Obligaciones de los aportantes Articulo 5. Obligacionesde las administradoras de riesgosprofesionales Articulo 6. Metodología de la investigación de incidente y accidente de trabajo, Artículo 15. Sanciones El incumplimiento de lo establecido en la presente resolución será sancionado de conformidad con lo establecido en los literales a) y c) del artículo 91 del Decreto-ley 1295 de 1994., Resolución 1401/07 del Ministerio del Trabajo Por la cual se reglamenta la investigación de incidentes y accidentes de trabajo. Se divide en, Se divide en CAPITULO II, CAPITULO I Articulo 1. Campode Aplicación Aplica para empleadores públicos y privados, a los trabajadores dependientes e independientes, a los contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, a las organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, a las agremiaciones u asociaciones que afilian trabajadores independientes al Sistema de Seguridad Social Integral; a las administradoras de riesgos profesionales; a la Policía Nacional en lo que corresponde a su personal no uniformado y al personal civil de las fuerzas militares