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Este Cmap, tiene información relacionada con: Cuadro de progresión MM 7, para: > Ejercer como capitán de buques mercantes de arqueo bruto no superior a 3.000 GT acreditar: > Período de embarque no inferior a 36 meses como oficial de puente. también: > Ejercer profesionalmente todas las actividades vinculadas a su profesión, para: > Ejercer como Patrón, en navegaciones próximas a la costa, en buques mercantes con un arqueo bruto no superior a 500 GT, así como un aforo máximo de 350 pasajeros. justificar: > Período de embarque no inferior a 12 meses como Oficial de Puente para: > Ejercer como Patrón en buques mercantes con un arqueo bruto no superior a 1.600 GT, para: Despachar la embarcación > Poseer el certificado de Formación Sanitaria Específica Inicial (ISM) también: > Actuar de instructor en las prácticas básicas de seguridad y de navegación para la obtención de las titulaciones recreativas de PNB y PER, Patrón profesional de embarcaciones de recreo Requisitos de obtención: > Estar en posesión del título recreativo de Capitán de Yate > Haber cumplido 20 AÑOS > Superar una prueba de conocimiento determinada por la DGMM > Poseer el título de competencia GOC o ROC > Estar en posesión de los certificados de especialidad STCW: » Formación Básica en Seguridad » Embarcaciones de supervivencia y botes de rescate (no rápidos) » Buques de Pasaje » Avanzado en lucha contra incendios > Certificado médico (ISM) en vigor para: > Gobernar embarcaciones matrículadas en lista 6ª o 7ª, siempre y cuando no lleven más de 12 personas, incluida la tripulación, en las zonas que determine la DGMM (actualmente con eslora máxima de 24 m a lo largo de la costa española dentro de la zona comprendida entre ésta y la línea de 60 millas), para: > Ejercer como capitán de buques mercantes de arqueo bruto no superior a 500 GT en navegaciones próximas a la costa justificar: > Haber ejercido como Oficial de Puente durante un período de embarque no inferior a 12 meses para: > Ejercer como capitán de buques mercantes de arqueo bruto no superior a 3.000 GT, Patrón de Altura Requisitos de obtención: > Título FP Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca Altura > Tener 20 años > Certificado médico (ISM) en vigor > Superar prueba de idoneidad para: > Ejercer como Patrón, en navegaciones próximas a la costa, en buques mercantes con un arqueo bruto no superior a 500 GT, así como un aforo máximo de 350 pasajeros., Certificado de Formación Sanitaria Específica Inicial si se encargasen de la guardia de navegación en buques obligados a llevar botiquín A o B se les requerirá la posesión del Certificado de Formación Sanitaria Específica Avanzada, para: > Ejercer como patrón en buques mercantes GT que realicen navegaciones siempre que no se alejen más de tres millas de un puerto o de una zona de refugio y que, en su caso, transporten un máximo de 150 pasajeros. Podrá ejercer simultáneamente el mando de la embarcación y el servicio de máquinas siempre y cuando lo permitan las características de la embarcación y la potencia propulsora no rebase los 375 kw en un sólo motor o el doble de la citada potencia propulsora en dos o más motores justificar: > Haber realizado un período de embarque no inferior a 12 meses, debiendo acreditar al menos 6 meses en el servicio de puente y 6 meses en el servicio de máquinas para: Despachar la embarcación > Poseer el certificado de Formación Sanitaria Específica Inicial (ISM), Patrón portuario Requisitos de obtención: > Superar el curso de Patrón Portuario o estar en posesión de un título o un curso de especialización de FP o estar en posesión de los correspondientes certificados de profesionalidad que incluyan la formación requerida para la obtención de la titulación profesional de patrón portuario. > Haber cumplido 20 años de edad o 19 en el caso de estar en posesión de un título o un curso de especialización de formación profesional > Certificado médico (ISM) en vigor > Estar en posesión de los certificados de especialidad de Formación Básica en Seguridad y el título de competencia de operador restringido del SMSSM para: > Ejercer como patrón en buques mercantes GT que realicen navegaciones siempre que no se alejen más de tres millas de un puerto o de una zona de refugio y que, en su caso, transporten un máximo de 150 pasajeros. Podrá ejercer simultáneamente el mando de la embarcación y el servicio de máquinas siempre y cuando lo permitan las características de la embarcación y la potencia propulsora no rebase los 375 kw en un sólo motor o el doble de la citada potencia propulsora en dos o más motores, Piloto de 1ª de la MM Requisitos de obtención: > Estar en posesión del título profesional de Piloto de 2ª de la Marina Mercante > Certificado médico (ISM) en vigor para: > Ejercer como capitán de buques mercantes de arqueo bruto no superior a 500 GT en navegaciones próximas a la costa, para: > Ejercer como Patrón en buques GT en navegaciones próximas a la costa acreditar: > Período de embarque no inferior a 36 meses como Oficial de Puente > 24 meses si al menos se justifican 12 meses de embarque como Patrón o Oficial de Puente, Piloto de 2ª de la MM Requisitos de obtención: > Título universitario de grado en el ámbito náutico/marítimo > Certificado médico (ISM) en vigor > Superar prueba de idoneidad para: > Ejercer como capitán de buques mercantes de arqueo bruto no superior a 500 GT en navegaciones próximas a la costa, para: > Gobernar embarcaciones matrículadas en lista 6ª o 7ª, siempre y cuando no lleven más de 12 personas, incluida la tripulación, en las zonas que determine la DGMM (actualmente con eslora máxima de 24 m a lo largo de la costa española dentro de la zona comprendida entre ésta y la línea de 60 millas) aportar: > Declaración una declaración responsable, acreditando haber navegado, al menos 50 días y 2500 millas, incluyendo por lo menos 5 travesía de más de 6 millas, medidas a lo largo de la ruta navegable más corta, de n puerto de zarpada a uno de destino, ejerciciendo como patrón la travesía, la cual deberá ser de altura y de una duración mínima de 48 horas. para: Despachar la embarcación, ???? los Oficiales que hayan de encargarse de la guardia de navegación en embarcaciones obligadas a llevar botiquín C se les requerirá la posesión del Certificado de Formación Sanitaria Específica Inicial, ???? los Oficiales que hayan de encargarse de la guardia de navegación en embarcaciones obligadas a llevar botiquín C se les requerirá la posesión del Certificado de Formación Sanitaria Específica Inicial, ???? los Oficiales que hayan de encargarse de la guardia de navegación en embarcaciones obligadas a llevar botiquín C se les requerirá la posesión del Certificado de Formación Sanitaria Específica Inicial, para: > Gobernar embarcaciones con fines comerciales de dentro de un determinado puerto, de hasta 8 m de eslora, con la potencia máxima de 76,60 kW, siempre y cuando no transporten más de 12 pasajeros y no salgan de la zona portuaria justificar: > Haber realizado 1 mes de prácticas como marinero en remolcadores de puerto o en buques auxiliares o de servicios portuarios para: Despachar la embarcación > Poseer el certificado de Formación Sanitaria Específica Inicial (ISM), Capitán de la MM Requisitos de obtención: > Título universitario de grado y máster en el ámbito náutico/marítimo > Estar en posesión del título profesional de Piloto de 1ª de la MM > Certificado médico (ISM) en vigor para: > Ejercer el mando de buques mercantes dedicados a cualquier clase de navegación sin limitación., para: > Ejercer como Patrón en buques mercantes con un arqueo bruto no superior a 1.600 GT acreditar: > Período de embarque no inferior a 36 meses como Oficial de Puente. > Este período podrá reducirse a no menos de 24 meses si acredita el ejercicio profesional de Patrón o de 1er Oficial de Puente durante un período de embarco de al menos 12 meses ????, para: > Ejercer como Patrón en buques mercantes con un arqueo bruto GT y un aforo máximo de 250 pasajeros, en navegaciones realizadas a lo largo de la costa dentro de la zona comprendida entre ésta y la línea de 30 millas paralela a la misma justificar: > Período de embarque en buques no inferior a 12 meses como Oficial de Puente para: > Ejercer como Patrón en buques GT en navegaciones próximas a la costa